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¿Qué es una Obra Original? ya sean literarias, artísticas o científicas, generadas a partir de ideas, teorías, visiones, o sentimientos...

“Las ideas en si no pueden registrarse, sino que deben estar plasmadas en Obras Creativas”

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La propiedad intelectual, acoge todas aquellas creaciones originales ya sean literarias, artísticas o científicas, generadas a partir de ideas, teorías,  visiones, o sentimientos, es decir elaboradas a partir de una idea primigenia, y expresadas en cualquier medio o soporte, siendo la originalidad  requisito imprescindible.

¿Qué es una Obra Original? ya sean literarias, artísticas o científicas, generadas a partir de ideas, teorías, visiones, o sentimientos...
¿Qué debemos entender por "Obra Original"?

En el ámbito jurídico se entiende por originalidad, cuando dentro del “proceso creativo”, se parte de una idea propia, siendo ésta la expresión de una personalidad, talento o inventiva únicos, y cuando con la autorización del autor de una obra ajena, ésta se transforma, creando algo nuevo que permite su diferenciación  de cualquier otra creación previa.

Entre estas creaciones se incluyen, por ejemplo:
libros
composiciones
coreografías
cinematografía
esculturas
maquetas
fotográficas
software

También son objeto de propiedad intelectual (sin perjuicio de los derechos de autor que puedan existir respecto a la obra original):

  • Las adaptaciones así como las traducciones.
  • Las revisiones, actualizaciones y anotaciones de cualquier índole.
  • Los compendios, resúmenes y extractos.
  • Los arreglos musicales.
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