El Deposito Legal permite a la Administración General del Estado y a las Comunidades Autónomas recoger toda la producción bibliográfica nacional.
Se recogen toda la producción bibliográfica nacional de las publicaciones de todo tipo, reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución pública, sea ésta gratuita u onerosa.
La finalidad es la de preservar el patrimoniobibliográfico, audiovisual y digital, sonoro y visual, de las culturas de España y permitir el acceso con fines culturales, de investigación o información y de reedición de obras, de conformidad con la legislación sobre Propiedad Intelectual.
Son objeto de depósito legal:
- Libros y folletos, destinados o no a la venta
- Impresos con fines de difusión pero no de propaganda comercial
- Publicaciones seriadas, revistas, anuarios, memorias, diarios, y recursos integrables como las hojas sueltas actualizables
- Partituras
- Mapas, planos, atlas, cartas marinas, aeronáuticas y celestes
- Fotografías editadas
- Láminas, cromos, naipes, postales y tarjetas de felicitación
- Carteles anunciadores y publicitarios
- Libros de texto de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato y los de Enseñanza de Formación Profesional
- Documentos sonoros
- Documentos audiovisuales
¿Qué es el I.S.B.N
(International Standard Book Number)
Es un código o número internacional que los editores deben especificar en los libros y los folletos. Su objetivo es hacer más simple la realización de operaciones estadísticas y comerciales entre los libreros y editores.
El plazo mínimo para los derechos patrimoniales desde la muerte del autor, a nivel mundial, es de 50 años.